Revocan prisión domiciliaria de Horacio Losito condenado por delitos de Lesa Humanidad

La Cámara Federal de Casación Penal ordenó hoy que se revierta la prisión domiciliaria del Horacio Losito, condenado en las provincias de Chaco y Corrientes por crímenes de lesa humanidad. Tenía prisión domiciliaria por la Covid-19.

SOCIEDAD - 19-06-2020

La decisión que revierte el beneficio de Losito, de 68 años, fue tomada por voto mayoritario de la Sala II de la Cámara Federal de Casación Penal, conformada por Guillermo Yacobucci, como Presidente, y los jueces Alejandro Slokar y Carlos Mahiques.

La resolución revierte el beneficio de la prisión domiciliaria concedida por el Tribunal Oral Federal de Resistencia el 30 de marzo, por el plazo de un año y en virtud de la pandemia de Covid-19, ya que permanecía en la Unidad N° 34 del Servicio Penitenciario Federal, de Campo de Mayo.

En el recurso de casación presentado, la querella y la fiscalía compartieron como argumento que el tribunal chaqueño le concedió la domiciliaria a Losito pese a que no recibió el informe penitenciario acerca de la situación epidemiológica de la unidad carcelaria donde se encontraba alojado.

Asimismo que se desatendió el dictamen de los peritos del Cuerpo Médico Forense de la Corte Suprema de Justicia de la Nación, que indicaron que el detenido podía ser tratado intramuros en caso de requerir asistencia médica.

Además, los magistrados opinaron que el arresto domiciliario implicaba "potenciar los riesgos procesales de peligro de fuga y entorpecimiento de la investigación".

Y asimismo, objetaron que "las querellas no fueron informadas oportunamente de la solicitud de domiciliaria tramitada por la defensa de Losito".

Para la presentación del recurso de casación coincidieron el fiscal federal ad hoc del Chaco, Diego Jesús Vigay junto a las partes querellantes en las causas de lesa humanidad del Regimiento de Infantería 9 de Corrientes y de la Masacre de Margarita Belén, en Chaco.

Por las querellas actuaron la Secretaría de Derechos Humanos de la Nación, la Comisión de Derechos Humanos de Corrientes, la Secretaría de Derechos Humanos y Géneros de la Provincia de Chaco y familiares de los desaparecidos correntinos Juan Ramón Vargas y Rómulo Artieda.

En su parte resolutiva, el fallo hace lugar por mayoría a los recursos de casación y anula la resolución del estrado chaqueño, por lo que ordena "reenviar" las actuaciones al Tribunal Oral Federal de Resistencia "a fin de que -con la celeridad y resguardos que el caso impone- se dicte un nuevo pronunciamiento de acuerdo a los parámetros" señalados en la orden de hoy.

Momarandú

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